La nueva ley ómnibus redactada por el gobierno de Javier Milei implicará que minería e hidrocarburos sean los dos complejos exportadores con las menores alícuotas de retenciones.
Además, se estableció que las economías regionales no pagarán. El resto de la economía pasará a pagar 15%, salvo la soja y sus derivados, que tributará 33%.
La sección VI para la llamada “ley de bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos” está dedicada a definir los derechos de exportación para toda la economía. La aprobación de este capítulo es clave: con prácticamente toda la economía pagando retenciones al 15%, el Ministerio de Economía espera recaudar un extra de 0,5% del PBI en 2024, esto es, un 10% de lo que necesita para recortar los 5 puntos de déficit fiscal y lograr déficit cero.
Minería e hidrocarburos, con las alícuotas más bajas
Las economías regionales serán el único sector que no pagará derechos de exportación. Se fijará en 0% para todos los complejos exportadores que están en el Anexo VII. Allí se encuentran los sectores: Olivícola, Arrocero, Cueros bovinos, Lácteo, Frutícola, Hortícola, Porotos, Lentejas, Arveja, Papa, Ajo, Garbanzos, Miel, Azúcar, Yerba mate, Té, Equinos, Lana, Maíz pisingallo, Floricultura, Forrajera, Ovoproductos, Jojoba, Girasol confitero, Alpiste, Mijo, Trigos Sarraceno, Quinoa, Lupinos, Lino, Vitivinícola, Aceite Esencial del Limón, Algodón textil, Forestal, Maní.
De los sectores que quedan gravados con derechos de exportación por encima de 0%, minería e hidrocarburos son los que menos tributarán.
Esto es porque los artículos 169 y 170 establecen que todas las mercaderías que no hubieran tenido retenciones o hubieran tenido, pero por debajo del 15%, pasarán a tributar 15% en derechos de exportación.
Los sectores que ya hubieran estado gravados con retenciones superiores al 15% las mantendrán, según el artículo 172.
Las mayores retenciones las deberá afrontar la soja, que se mantiene en 33%, y se le suman sus derivados, dado que se elimina el diferencial y el aceite pasa del 31 al 33%. Así lo dice el artículo 171.
En tanto, el artículo 173 establece: “Manténgase la alícuota de los derechos de exportación que se encontraban en vigencia al 31 de diciembre de 2023 para los hidrocarburos y la minería. El Poder Ejecutivo Nacional identificará las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur comprendidas en el presente artículo”.
Así, las retenciones para estos dos sectores quedarán: hidrocarburos en 8%, oro y plata en 8% y el resto de la minería en el 4,5%, siendo el litio el principal mineral de exportación.
Con esta redacción para minería e hidrocarburos, la nueva ley ómnibus no modifica el texto original. En algún momento estuvo dentro del Gobierno la idea de incrementarle los derechos de exportación al petróleo para compensar la baja a otros sectores (como el vitivinícola, que baja del 8 al 0%), pero finalmente no se avanzó. Las empresas mineras se oponían a la suba al plantear que deberían contar con estabilidad fiscal por la ley de inversiones mineras.
El nuevo esquema de derechos de exportación es muy cuestionado por la industria. “Mientras que la industria hoy paga un promedio de 2,2% en derechos de exportación, este proyecto de ley planea subir al 15%”, afirmó el economista Leandro Mora Alfonsin.
Para el sector industrial, el Gobierno anterior había establecido que las materias primas industriales pagaran 4,2%, insumos básicos 3,6%, insumos elaborados 3% y bienes finales industriales un 0,1%, detalló Alfonsín. De hecho, exportaciones incrementales del sector automotriz pagaba 0%. Todo pasará a tributar 15% si se aprueba la ley. (Fuente: Ambito).
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