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Ley Impositiva 2025: modificaciones clave en la Provincia de Neuquén

Los cambios impositivos reflejan un esfuerzo por parte del gobierno para adaptarse a los cambios nacionales y optimizar la recaudación, a la vez que equilibran las demandas de diversos sectores económicos.

Por Cr. Federico Parrilli
Chinni Seleme Bugner & Asociados.



La Legislatura de Neuquén aprobó la Ley Tarifaria 2025 (Ley 3.479), que introduce una serie de modificaciones impositivas relevantes para la provincia. A continuación, se detallan los principales cambios.

En primer lugar, se modificó la Ley 3450, que había establecido un impuesto especial para la regularización de activos bajo el marco del régimen nacional de la ley 27.743. La nueva legislación ajustó la medida, alineándose con otras provincias que no impusieron un canon para dicha regularización. En este sentido, se resolvió que aquellos contribuyentes que ya pagaron el impuesto puedan solicitar su devolución.

En cuanto al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, las alícuotas se mantienen en su mayoría como en la ley tarifaria de 2024, aunque con algunos incrementos en sectores específicos. El sector de telecomunicaciones, por ejemplo, verá un aumento del 4% al 5,5% en actividades como los servicios postales, la telefonía fija (excepto locutorios), la telecomunicación vía satélite (sin contar la transmisión de televisión), los servicios de acceso a internet y otros relacionados.

En cuanto, a las actividades vinculadas con la construcción (incluida la subcontratación para obras públicas), se incrementa la alícuota del 1,5% al 2,25%. También se incrementará del 1,5% al 2% para los proveedores de servicios que facturen a empresas constructoras, incluidos en el padrón de constructores.

Por otro lado, se aplicará un fuerte incremento en las alícuotas de los servicios financieros de los sujetos no incluidos en la Ley de Entidades Financieras 21.526. Las actividades financieras pasarán del 7% al 9%, mientras que la intermediación de servicios financieros subirá del 5,5% al 8,25%.

En relación con las actividades petroleras, se ha producido una modificación sustancial en la forma de calcular el aumento de la alícuota en función de los ingresos. Esta modificación responde a la jurisprudencia reciente de la Corte Suprema de la Nación, en el caso Petroarsa SA c/Tucumán (20/08/2024), que limitó el incremento de alícuotas a los ingresos generados en la jurisdicción provincial, excluyendo los ingresos de otras partes del país. De esta forma, Neuquén se adapta a esta sentencia, tomando solo los ingresos locales para calcular la alícuota, aunque no ha actualizado las escalas de ingresos por inflación, manteniendo las mismas cifras que en 2024. Esto busca equilibrar la posible pérdida de recaudación por no incluir los ingresos nacionales.

En cuanto a las exenciones, la nueva ley elimina el artículo que limitaba la exención para los contribuyentes que comercialicen con sujetos vinculados a la actividad hidrocarburífera. De este modo, las empresas manufactureras que comercialicen con empresas del sector petrolero podrán acceder a la exención sin restricciones.

Respecto a los pequeños contribuyentes, se ha introducido un tratamiento diferencial para aquellos que puedan acceder a alícuotas reducidas. En el caso de las actividades de venta minorista, el umbral de ingresos para beneficiarse con la alícuota del 2% pasa de $86.400.000 a $180.000.000, lo que representa un aumento del 108%, aunque aún por debajo de la inflación proyectada. La alícuota del 3,5% se aplicará para ingresos inferiores a $570.000.000, frente a los $276.000.000 del año pasado.

Para otros sectores, como servicios de alojamiento, restaurantes, servicios de salud y profesionales liberales, la alícuota del 2% será aplicable solo a los contribuyentes con ingresos inferiores a los $100.000.000 (frente a los $86.400.000 de 2024). La alícuota del 3,5% será aplicable a quienes no superen los $320.000.000, frente a los $276.000.000 del año pasado, lo que implica un ajuste de alrededor del 16%.

Finalmente, el sector del monotributo experimentará el mayor incremento, con aumentos de entre el 130% y el 244% en los montos fijos, lo que representa una notable suba respecto al año anterior.

En cuanto al Impuesto de Sellos, se incrementará el importe mínimo de $2.040 a $5.100 para actos, contratos y operaciones en general sujetos a este tributo.

Estas modificaciones impositivas reflejan un esfuerzo por parte de la provincia de Neuquén por adaptarse a los cambios nacionales y optimizar la recaudación, a la vez que equilibran las demandas de diversos sectores económicos.

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